La controvertida exigencia de
legitimidad y limpieza de sangre para la entrada en la Universidad de Sevilla
en los siglos XV-XVIII
El Colegio de
Santa María de Jesús-Universidad de Sevilla fue fundado por maese Rodrigo
Fernández de Santaella en 1505, considerándose su acta de nacimiento la Bula
del papa Julio II, que sancionaba la erección del Colegio y le autorizaba a
conferir grados. A los pocos años de la fundación, el propio maese Rodrigo
redactó unas primeras constituciones, de las que existe en el Archivo Histórico
de la Universidad de Sevilla una copia manuscrita, sobre pergamino, con
signatura AHUS Legajo 608-16. Dichas constituciones preveían entre otros temas
una serie de normas de admisión y de requisitos que habían de cumplir los aspirantes
a obtener las becas de estudiante. Las
normas se referían al número máximo de estudiantes que podían ser admitidos (que
no podía exceder de quince, de los que diez serían teólogos y cinco
canonistas), la edad mínima de acceso (establecida en los dieciséis años), la
prohibición de admitir al mismo tiempo a dos becarios emparentados hasta el
cuarto grado (para impedir la formación de bandos internos originados en el
linaje), y la preferencia por aspirantes andaluces, especialmente a los
naturales de Carmona y Utrera, estando excluidos los naturales de Sevilla.
Otro requisito establecido por las Constituciones era el de la
pobreza, entendiéndose por pobre aquél cuyas rentas no le permitían sustentarse
mientras realizaba sus estudios, por la distancia entre el lugar de residencia
y el centro universitario. Sin embargo, estas primeras constituciones rechazaban
el requisito de la limpieza de sangre, estableciendo maese Rodrigo en la Constitución
XV, que llevaba por título Quod in electionibus nulla differentie
generis ratio habetur, y establecía que no se hicieran
distinciones entre los candidatos, ya fueran canarios, indios, gentiles,
paganos, judíos, sarracenos, nobles, no nobles, ricos, pobres, buenos, malos,
urbanos, rústicos, libres o esclavos o de cualquier otro linaje mientras se
fuese cristiano.
No respetaron sin embargo los
sucesores la voluntad de maese Rodrigo y, como puede apreciarse en la imagen,
la constitución fue tachada, suprimiéndose en copias posteriores. Ha sobrevivido sin embargo una
copia de las constituciones que incluye la Constitución número XV, en la Real
Academia de la Historia (RAH. 9/5394).
Purificación Mallén Osuna
Bibliografía
y fuentes
Ollero
Pina, José Antonio. La Universidad de Sevilla en los siglos XVI y XVII.
Sevilla: Universidad de Sevilla,1993.
AHUS Legajo 608-16
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